Notaría en Córdoba Capital
Notaría para la aceptación de herencias
Herencias

Notaría para herencias en Córdoba

Notaría José Antonio Caballos es especialista en la obtención del Certificado de Últimas Voluntades y herencias ante notario, liquidación de plusvalías municipales, del Impuesto de Sucesiones o Donaciones, e inscripción de los bienes.

En la notaría de José Antonio Caballos se realizarán todos los trámites necesarios, es importante recordar que la Ley establece un plazo máximo de seis meses desde el fallecimiento.

Servicio de notaría para la aceptación de una herencia.

El fallecimiento de una persona supone la apertura de la sucesión y la transmisión de todo su patrimonio a los herederos. La escritura de herencia supone un pacto entre los herederos para repartirse los bienes del fallecido de acuerdo con lo previsto en el testamento. Dado que es un acto gravado por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones la intervención notarial no solo consiste en inventariar y evaluar los bienes que se reparten, sino también asesorar a los herederos en la forma de adjudicación para evitar o minorar, en la medida de lo posible, la carga fiscal, una de las más gravosas de nuestro sistema fiscal.

La liquidación de este impuesto debe hacerse en los 6 meses siguientes al fallecimiento, so pena de recargo sanción por la respectiva Comunidad Autónoma. La escritura de herencia es el documento en el que los herederos hacen un inventario de todos los bienes incluidos en la herencia, fijan el valor de dichos bienes y proceden al reparto, de acuerdo el testamento, el acta abintestato o los a los que puedan llegar los herederos.

Los documentos requeridos para preparar la escritura son:

  • Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y copia autorizada del testamento o acta de declaración de herederos abintestato;
  • Documentos relativos a bienes incluidos en la herencia (relación de bienes y deudas, certificado de saldos bancarios, escritura de propiedad de inmuebles, etc.); y
  • Certificado de seguros de vida: Hoy día el notario ha asumido grandes competencias por la Ley de Jurisdicción Voluntaria en materia sucesoria, en especial la aceptación de la herencia a beneficio de inventario, procedimiento por el cual podemos recibir los bienes de esta y no responder de las deudas con el patrimonio propio, sino solo con los bienes de la misma herencia.
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